En el mercado laboral español, los contratos formativos son herramientas clave para la inserción profesional de los jóvenes. Sin embargo, el contrato de formación y el contrato de prácticas tienen características muy distintas que es importante conocer.
Contrato de Formación en Alternancia
El contrato de formación en alternancia está destinado a personas que carecen de la cualificación profesional necesaria para formalizar un contrato de prácticas. Su objetivo es que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para desempeñar un oficio o puesto cualificado.
Puede celebrarse con trabajadores de cualquier edad cuando se trata de certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2, y programas de formación en alternancia. La duración mínima es de 3 meses y la máxima de 2 años.
Contrato Formativo para la Obtención de Práctica Profesional
Este contrato está dirigido a personas que poseen un título universitario, de formación profesional o certificado de profesionalidad. Debe formalizarse dentro de los 3 años siguientes a la obtención del título (5 años para personas con discapacidad).
Su duración mínima es de 6 meses y máxima de 1 año, y la retribución no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción a la jornada efectiva.
| Aspecto | Contrato de Formación | Contrato de Prácticas |
|---|---|---|
| Requisito del trabajador | Sin cualificación profesional | Con título oficial reciente |
| Edad | Sin límite (según programa) | Sin límite de edad |
| Duración | 3 meses - 2 años | 6 meses - 1 año |
| Formación obligatoria | Sí (alternancia trabajo-estudio) | No, pero debe haber tutor |
| Retribución | Proporcional al tiempo de trabajo | Mínimo el SMI proporcional |
| Objetivo | Adquirir cualificación | Adquirir experiencia práctica |
Beneficios para la empresa
Ambos contratos ofrecen ventajas fiscales y bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. El contrato de formación, en particular, ofrece reducciones significativas en las cuotas empresariales, lo que lo hace especialmente atractivo para las pymes.
Importante: La reforma laboral de 2022 modificó sustancialmente la regulación de estos contratos. Es recomendable consultar la normativa vigente o asesorarse profesionalmente antes de formalizar cualquier contrato formativo.
Conclusión
El contrato de formación está pensado para quienes necesitan adquirir una cualificación profesional, combinando trabajo y estudio. El contrato de prácticas es para titulados recientes que buscan su primera experiencia laboral en su campo de formación. Elegir el adecuado depende del perfil del trabajador y los objetivos de la empresa.